LA SED: LA HERMANDAD DEL CONCILIO REGLAS, ESCUDOS Y SÍMBOLOS
NH Alberto J. Fuentes Ruiz


Las reglas de la Hermandad de La Sed contienen algo más que el articulado por el que se rige la vida de sus hermanos. Aún albergan los principios que inspiraron su creación hace cincuenta años en un momento crucial para que Sevilla abriera sus puertas a una nueva hermandad. Y la llave fue el Concilio Vaticano II.
Esta es la historia de cómo nuestros hermanos fundadores, en un ejercicio de inteligencia y sincera profesión de Fe, confeccionaron un documento único y original para su tiempo cuyos ecos aún están latentes. Porque como dijo uno de sus principales valedores, D. Cristóbal Jiménez Sánchez: ‘La Hermandad de La Sed ni sus reglas serán como las demás’.
Tal y como es narrado en otros capítulos de este libro, la semilla de la Hermandad de La Sed germinó en la comunidad parroquial de la Concepción Inmaculada entre un grupo de jóvenes, liderado por D. Juan Antonio Cuevas Muñoz, y el Cura Párroco D. Manuel Calero Gutiérrez, quien en la primavera del año 1969, decidido a cumplir los deseos de su feligresía, envió una serie de cartas a la Secretaría de Cámara del Arzobispado para acelerar los trámites para la constitución de la hermandad. El Cardenal Bueno Monreal no era ajeno a esta situación y de hecho fue una pieza fundamental para la fundación de La Sed. Sin embargo, hacía falta un argumento de peso para vencer las reticencias del Consejo General de Hermandades y Cofradías y convencer a la Sevilla diocesana de que una nueva hermandad no iba en contra de los vientos de renovación que soplaban tras el Concilio Vaticano II. Y, de hecho, esa idea aparentemente contradictoria, pero dotada de una enorme carga intelectual y filosófica, fue decisiva para desbloquear el debate en menos de seis meses y erigir por decreto a La Sed como nueva hermandad de Sevilla. Pero atendamos cronológicamente a los hechos, tal y como ocurrieron.
El Concilio Vaticano II llega a Nervión
Entre los años 1962 y 1965 toda la Iglesia Católica en su conjunto celebró en Ciudad del Vaticano un concilio ecuménico denominado Concilio Vaticano II bajo el liderazgo del Papa Santo Juan XXIII. Él mismo definió este Concilio en su discurso inicial (Gaudet Mater Ecclesia) como un aggiornamento, una ‘puesta al día’ o ‘evolución armónica’ de la Iglesia.
Tras la celebración de las cuatro sesiones previstas, el Concilio acordó la manera de alcanzar los objetivos de promover la Fe, renovar la moral de la vida cristiana y adaptar la Iglesia a los nuevos tiempos. Una nueva visión sobre la caridad, la evangelización, los cultos o el asociacionismo cristiano para la segunda mitad del siglo XX calaría rápidamente no solo entre los ministros de la Iglesia sino en el pueblo de Dios. Así por ejemplo en Sevilla se multiplicarían las asociaciones juveniles cristianas y se producirían encendidísimos debates entre política y religión en diferentes sectores.
Pero antes de volver sobre nuestra ciudad, un último apunte acerca del Concilio Vaticano II. El Papa Pablo VI (encargado de encauzar el Concilio tras la muerte de Juan XXIII) introdujo con maestría en la clausura de la Constitución Dogmática sobre la Iglesia, conocida como Lumen Gentium, el papel que María Stma. ocuparía en el misterio de Cristo y de la Iglesia. El Papa citó textualmente: “para Gloria de la Virgen y Consuelo nuestro, proclamamos a María Santísima Madre de la Iglesia”… ¿Les suena?
La Parroquia de la Concepción Inmaculada del barrio de Nervión, como todas las comunidades cristianas en aquel momento histórico, hacía suyo el mensaje y reflexionaba acerca de cómo podía materializar lo propuesto en el Concilio Vaticano II. Este periodo de ilusión se dilató en el tiempo con nuevos estímulos en la línea de pensamiento conciliar. Así fue como en 1968, tres años después de la clausura del Concilio, Pablo VI nos regaló el Credo del Pueblo de Dios, una nueva profesión de fe que otorgaría a los cristianos la posibilidad de reafirmar sus creencias y manifestar su esencia de manera renovada.
Inmerso en este ambiente intelectual y atento a cada elemento digno de ser incorporado al proyecto de hermandad estaba uno de los jóvenes del grupo parroquial, D. Cristóbal Jiménez Sánchez, quien en ese mismo año de 1968 acababa de cursar sus estudios en el Seminario. Cuatro años de formación especializada en filosofía y teología con el Concilio Vaticano II como fuente de conocimiento.
En consecuencia, todo estaba dispuesto y se acercaba el decisivo año de 1969. Solo Dios sabe las conversaciones que D. Manuel Calero Gutiérrez hubo de mantener con el Cardenal Bueno Monreal, pero tenemos la certeza de que ambos sabían que el espíritu del Concilio debía inundar las reglas de la Hermandad de La Sed para abrirse camino y de paso transformar a la feligresía, como así fue.

Unas reglas para el Concilio


No deja lugar a dudas el título de la separata que acompañó a las primeras reglas de la Hermandad de La Sed: ‘Espíritu de las Reglas’. Un texto de cinco páginas escritas de arriba a abajo, casi sin márgenes, y que en su introducción dice: “I.- Esta Hermandad se siente impulsada a colaborar con la tarea de la Iglesia, como única finalidad de su fundación, que en este espíritu fue animada por la doctrina conciliar expresada en el Cpt. II prrf 17 sobre Oficio Pastoral de los Obispos en la Iglesia”. Un documento único por su riqueza intelectual con casi una decena de referencias cruzadas al articulado de las reglas y otras tantas referencias a textos bíblicos, documentos del Concilio y otros textos religiosos. Sin duda podemos decir, por estilo y vehemencia, que las manos que redactaron esta separata fueron las mismas que alumbraron las reglas. Y todo hace indicar que la autoría de este documento es de nuestro Hermano Fundador D. Cristóbal Jiménez Sánchez. Nos basamos en un dato recogido en la pág. 3 de la separata, prrf. I3 que alude a “la plática del Padre Montero Tirado en el primer día de Triduo a Santa María”. Aquel triduo, el primero en la historia de nuestra hermandad, se celebró el día 5 de septiembre de 1969, es decir, tres días antes de la Función presidida por el Cardenal Bueno Monreal, justo el día en que aprobó por Decreto a la Hermandad de La Sed. Por tanto, esta separata no pudo acompañar a nuestras primeras reglas en su feliz viaje a Palacio para su aprobación, sino que debió ser redactada para el primer cursillo de reglas que el propio D. Cristóbal Jiménez dirigiría el 5 de octubre, apenas un mes después. Sea como fuere, este documento es un hecho más que constata la íntima relación entre nuestras reglas y el Concilio Vaticano II. Su espíritu se pone de manifiesto en la importancia otorgada a la caridad, la juventud, el asociacionismo como apostolado, etc.
Nos parece revelador un párrafo de esta separata que viene a describir por qué la Parroquia de la Concepción Inmaculada deseaba una hermandad como modo de vivir su cristianismo según los preceptos del Concilio Vaticano II. Estas palabras son el retrato de lo que fuimos, somos y seremos:
“Si hemos buscado un nuevo camino en una forma tradicional, esto es, perfeccionando una actuación, debemos pues, adoptar conciencia en consonancia con lo que desligado de arcaicos y eneficaces métodos, conserva no obstante, la plenitud de los antiguos valores innegables, que nuestras costumbres cofradieras poseen. No es que seamos apartados de las formas tradicionales, y nos enmarquemos un estético paréntesis, sino encarnados en los valores que heredamos de nuestros mayores, con una actitud dinámica descubriendo el verdadero sentido de unidad cristiana, que fue el móvil de toda hermandad sevillana, con un impulso vital perenne que nos lleve a superarnos día a día, sin este propósito todos nuestros logros no tendrían sentido”.
De aquellas costumbres cofradieras bien sabía nuestro hermano fundador D. Juan Antonio Cuevas Muñoz, un cofrade con letras mayúsculas cuyo profundo conocimiento de las hermandades sevillanas le otorgó un papel fundamental en la confección de nuestras reglas en el ámbito práctico de las mismas, ajustándolas al ordenamiento vigente y concretando la elevada teoría de D. Cristóbal Jiménez en los aspectos más funcionales de la vida de hermandad. La maestría de ambos elevó a la perfección el equilibrio entre ‘doctrina et usu’ -teoría y práctica- de aquel primer texto normativo.
Como ya expusimos anteriormente, el Decreto de aprobación de la Hermandad de La Sed fue firmado por el Cardenal Bueno Monreal el 8 de septiembre de 1969. En dicho documento, prrf. 5º, se menciona la “aprobación de las reglas que se nos han presentado” pero de las cuales no queda copia en el Archivo Arzobispal ni tampoco en el Archivo de La Sed. Dado que solo existiría un original mecanografiado de las primeras reglas, entendemos que ese mismo documento habría de hacer más viajes entre las diversas instituciones que tomaron parte en su aprobación como hermandad de la ciudad de Sevilla.
Sin embargo, el Archivo de La Sed guarda la ‘piedra Rosetta’ (documento denominado AS-41.1-1977S) que nos desvela las leves transformaciones sufridas por las primeras reglas de nuestra hermandad y que nos permiten saber con certeza cómo era la totalidad de su contenido.
Para entenderlo debemos viajar al año 1977. Hasta ese momento, nuestras reglas solo habían sufrido una modificación del título tras la fusión de la Hermandad del Santísimo Cristo de la Sed con la Sacramental de Caballeros Congregantes de la Inmaculada Concepción de nuestra Parroquia. A finales de los setenta, dado que la Hermandad de La Sed debía normalizar su culto externo como paso previo para integrarse en hermandad de penitencia, se acordó en Cabildo General Extraordinario, del 3 de noviembre de 1977, la modificación con el antes y el después de siete artículos de las reglas primigenias. El más llamativo era el referido al color blanco de la capa y el cíngulo de los hermanos en la Estación de Penitencia que antes de su modificación iba a ser de color granate.
Finalmente, las reglas como hermandad de penitencia serían aprobadas el 2 de octubre de 1978. La copia de este documento existente en el Archivo Arzobispal supone nuestra principal fuente para estudiar la influencia del Concilio Vaticano II en las reglas del año 1969, cuyo articulado es prácticamente idéntico a éste, y para enumerar qué permanece en las reglas definitivas aprobadas en el año 2002.
En palabras de nuestro hermano fundador, D. Cristóbal Jiménez Sánchez, las reglas de la Hermandad de La Sed bebían principalmente de cuatro fuentes documentales extraídas del Concilio Vaticano II: Dei Verbum, para la Palabra; Lumen Gentium, Cristo e Iglesia como luz de los pueblos; Sacrosantum Concilium, para la Liturgia en los Cultos; y Gaudium Et Spes, para la pastoral de la Iglesia. No obstante, también son citados Seglares, Presbiterorum Ordinis, Unitatis Redintegratio, Liturgia y la Homilía de Pablo VI. De todas ellas se hacen hasta 17 referencias en las reglas con total exactitud, sin segmentación de las frases y con el capítulo, párrafo y/o línea de donde fueron extraídas.
Dichas citas no solo se quedaban en lo meramente referencial, sino que conceptos concretos del Concilio son el origen para el contenido de muchos de los 93 artículos y 11 capítulos que componían estas reglas. De ahí que fueran (y sigan siéndolo en gran medida) únicas y originales en cuanto a su estructura de capítulos y a lo contenido en el articulado. Se incorporan novedades como la lectura del Credo del Pueblo de Dios en la Liturgia; la Lectura del Evangelio y su comentario al inicio de las sesiones de Junta; o la sobriedad en los cultos de la hermandad.
Es digno de mención que capítulos de las reglas como el dedicado a los Fines de la Hermandad sean más extensos en citas conciliares que en contenido reglamentario. Ello prueba que las reglas de La Sed, además de tener una vocación didáctica para el futuro hermano, justificaban sobradamente sus objetivos ante un lector experto, ya fuera del Arzobispado o del Consejo de Hermandades y Cofradías. El propio Decreto del Cardenal Bueno Monreal reconoce la conveniencia del contenido de las reglas conforme a los piadosos fines que proponen y curiosamente también alude al texto Gadium et Spes del Concilio Vaticano II para justificar positivamente la petición de la hermandad.
Sumergiéndonos un poco más en las reglas observamos que se hacen hasta ocho referencias a textos bíblicos para apuntalar el texto normativo. Es de reseñar que la mayoría de citas bíblicas son extraídas de las Epístolas Paulinas o cartas del Nuevo Testamento atribuidas a San Pablo y dirigidas a las primeras comunidades cristianas. ¿Acaso la Hermandad de La Sed no era si no una nueva comunidad cristiana?
La columna vertebral de las primeras reglas se organizaba en torno a 11 capítulos: I. DE LOS FINES DE LA HERMANDAD (6 artículos) – II. DE LA ADMISIÓN DE LOS HERMANOS (4 artículos) – III. DE LA ORGANIZACIÓN Y MISIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO (24 artículos) – IV. DEL GOBIERNO DE LA HERMANDAD (18 artículos) – V. ESPIRITUALIDAD (3 artículos) – VI. APOSTOLADO (5 artículos) – VII. CARIDAD Y OBRAS SOCIALES (5 artículos) – VIII. CULTOS (8 artículos) – IX. CULTOS EXTERNOS (10 artículos) – X. DISPOSICIONES ESPECIALES (6 artículos) – XI. EXEQUIAS (4 artículos)
Las reglas de 1969 se abrían con una invocación y una cita del Concilio acerca del asociacionismo de seglares. Seguidamente se citaba el nombre o título de la hermandad: ‘Hermandad del Santísimo Cristo de La Sed y Santa María de Consolación Madre de la Iglesia’. Como ya adelantamos, no sería hasta 1972 cuando tomaría el nombre de ‘Hermandad Sacramental de Congregantes de la Inmaculada Concepción, Santísimo Cristo de La Sed y Santa María de Consolación Madre de la Iglesia’, y en 1978 pasaría a ser ‘Hermandad Sacramental de Congregantes de la Inmaculada Concepción, y Cofradía de Nazarenos del Santísimo Cristo de La Sed y Santa María de Consolación Madre de la Iglesia’. El último cambio y definitivo sobre el Título de la hermandad no se produciría hasta el año 2002.
El capítulo I de las primeras reglas, denominado ‘De los Fines de la Hermandad’, es la respuesta a la pregunta de por qué nos organizamos en hermandad. Es la reafirmación del hermano como ser cristiano antes que otra cosa: crear comunidad, promover la vida cristiana, dotar de santidad interior el culto exterior, ser parte indispensable de la parroquia y dar lectura a las Sagradas Escrituras. Estos artículos son el fin único de la Hermandad de la Sed.
Del capítulo II ‘De la Admisión de los Hermanos’ cabe destacar, en su primer artículo, que para hacerse hermano era necesario conocer las reglas ¡previamente!: “para poder comprometerse con ellas de una manera seria y sincera”.
El capítulo III ‘De la Organización y Misión de la Junta de Gobierno’ enumera los cargos de Junta y sus funciones, en los que se contabilizan seis consiliarios y dos promotores sacramentales como única diferencia con las actuales juntas. Podemos deducir que el espíritu sacramental y el consejo en las decisiones era muy valorado.
El capítulo IV ‘Del Gobierno de la Hermandad’ exponía como requisito exigido para formar parte de la Junta el no estar realizando el servicio militar obligatorio y ser vecino de Sevilla. Por lo demás, el articulado recoge todos los pormenores para las votaciones relacionados con los Cabildos Ordinarios y Extraordinarios.
Los capítulos V, VI y VII, ‘Espiritualidad’, ‘Apostolado’ y ‘Caridad y Obras Sociales’, respectivamente, vuelven a incorporar referencias a textos bíblicos y conciliares pues regresamos al terreno filosófico-teológico del que hacen gala nuestras primeras reglas. Los hermanos se comprometían a organizar jornadas de oración y estudio o a la Comunión frecuente como alimento de la vida cristiana. La obra de apostolado y la labor de caridad social se integraban en la acción parroquial o debían seguir su línea en caso de crearse algún grupo externo. Todos los hermanos se consideraban solidariamente responsables de la pobreza y aflicción de la barriada, así como del cuidado de los enfermos cercanos, más si viviesen sin medios, “como mejor ofrenda a nuestra Madre, Consolación de los afligidos”, o se comprometían a atender las necesidades de los presos del Centro Provincial en la medida de lo posible. También se subrayaba la caridad y la benevolencia en el ámbito personal, no solo con los hermanos sino “con los extraños”.
El capítulo VIII ‘Cultos’ ordenaba que todos los cultos de la hermandad respetaran los tiempos litúrgicos de acuerdo a la Sagrada Liturgia según el Vaticano II. También reglaba: la asistencia a los Oficios Eucarísticos de la Semana Santa; la celebración de solemnes cultos en honor de la Inmaculada Concepción; un Quinario al Santísimo Cristo de La Sed, de martes a sábado de la tercera semana de Cuaresma; la Función Principal el domingo de la cuarta semana de Cuaresma con el rezo en voz alta del Credo del Pueblo de Dios; un triduo a Santa María de Consolación, finalizando el día 8 de septiembre; un Besapiés del Stmo. Cristo de La Sed el domingo de la quinta semana de Cuaresma; un besamanos de la Virgen el segundo domingo de septiembre; y un ejercicio mensual eucarístico.
Del Capítulo IX ‘Cultos Externos’ de las primeras reglas (modificado en 1978 para realizar la Estación de Penitencia) cabe destacar cinco artículos por su singularidad:
-El art. 9 está referido a un retiro previo a la estación penitencial y presidido por el Director Espiritual durante la quinta semana de Cuaresma.
-El art. 4, cuyo contenido hay que ponerlo en relación con otro del capítulo X, pues ambos comparten la misma referencia a un texto del Concilio Vaticano II acerca de “la búsqueda de la noble belleza sobre la mera la suntuosidad”, dicen respectivamente: “Dentro del decoro a que como Hermandad sevillana está obligada, deberán ir sus pasos acompañados de una digna belleza” y “Nuestra Titular no podrá llevar alhajas”. Sabemos por testimonios de los hermanos fundadores que esta idea de sobriedad y pobreza era solo inicial y con el ánimo de que la hermandad creciera equilibradamente hacia un patrimonio donde lo humano fuese tan valorado como lo artístico.
-En el cap. X art. 3, siguiendo la misma línea, se impedía nombrar a ninguna persona, entidad o corporación como ‘miembros honorarios’.
-Y en el cap. X art. 5 se excluía el acompañamiento con varas a los actos corporativos por parte de los miembros de Junta. Sin duda, un articulado revolucionario.
Por último, el capítulo XI ‘Exequias’ dedicaba su contenido a los funerales y ceremonias en honor de los Hermanos fallecidos.



50 años de nuestras reglas

Desde aquellas primeras reglas de 1969, objeto de nuestro estudio, hasta la actuales, se produjeron otras cinco modificaciones. Las ya comentadas de Fusión de 1972 y de Penitencia de 1978. La modificación de 1987 conforme a las nuevas normas diocesanas que supuso un primer cambio sustancial sobre las originales con un reagrupamiento de capítulos y la creación de nuevos artículos, aunque manteniendo las referencias al Concilio y vivo su espíritu. Y la modificación definitiva del año 2002, con modificación de un artículo en 2007.
Mucho se ha hablado de esta última intervención sobre las reglas para su actualización y conviene señalar que la estructura original de los capítulos de las mismas se mantiene en un 70 por ciento, aunque lógicamente el número y contenido de los artículos haya cambiado. También ha variado levemente el calendario de los cultos contenidos en las últimas Reglas con respecto a las anteriores, aunque no demasiado. El título de la hermandad incluye por vez primera a San Juan Evangelista y San Juan de Dios y es añadido un lema para la hermandad: “LA PAZ ES EL FRUTO DE LA JUSTICIA” (OPUS IUSTITIAE PAX EST), extraído del escudo cardenalicio de S.E.R. el Cardenal Bueno Monreal, fundador de la hermandad, que a su vez proviene del profeta Isaías, cap. 32, 17.
En definitiva, podríamos decir que con más de treinta años de diferencia con respecto a las reglas primigenias, la última modificación ha resultado considerable por la pérdida de las referencias y anotaciones de textos bíblicos y conciliares que no solo enriquecían su contenido, sino que constataban el origen teológico del articulado, el cual sigue vigente en mayor o menor medida. Por tanto, y es una buena noticia, no sería difícil que las reglas recuperasen el espíritu que promovió la fundación de la Hermandad de La Sed añadiendo aquello que ha sido olvidado pero que hemos recuperado para el recuerdo.
Escudo y símbolos de la Hermandad de la Sed

El 3 de mayo de 1970 se celebró la bendición del primer estandarte de la hermandad realizado en bordados de aplicación por D. Antonio Rincón Galicia y orfebrería del taller de D. Jesús Domínguez y se impusieron las primeras cruces a nuestros hermanos D. José María Javierre y D. Antonio Dubé de Luque. Tanto el escudo bordado en el estandarte como la Cruz de Hermano ya venían descritos en las Reglas aprobadas en 1969 con la siguiente descripción: “El escudo de esta Hermandad estará formado por los motivos siguientes: Cruz latina símbolo de Cristo, sobre ella el Símbolo Sacramental y el Anagrama de María, llevando todo como base la Barca, símbolo de la Iglesia y la leyenda ‘María Madre de la Iglesia’. […] Todos los Hermanos deberán tener impuesta la Cruz, insignia de esta Hermandad, que consta: pequeña cruz de madera oscura, sin imágenes, pendiente de cordón rojo burdeos”. Testimonios de hermanos fundadores coinciden en señalar precisamente a D. Antonio Dubé de Luque como diseñador material del escudo. Curiosamente, él mismo sería designado en marzo de 1970 Director Artístico de la Hermandad de La Sed, un mes antes de la bendición del primer estandarte.
En los meses posteriores a la aprobación de las reglas primigenias de la hermandad, aparecen los primeros escudos entre la documentación atesorada en nuestro Archivo con sellos y membretes institucionales.
El 19 de marzo de 1981 se celebra la bendición del nuevo estandarte bordado en los talleres de Carrasquilla, el cual mantendría el diseño original del escudo de la hermandad hasta traslado a un nuevo terciopelo en el año 2004, donde ya es incluido el lema en banda de Johannes Evangelista junto al de Mater Eclesiae y la Granada bordada en honor a la Orden de San Juan de Dios. Es preciso anotar que dichos cambios responden a la aprobación del nuevo título de la corporación incluido en las últimas Reglas donde se realiza una descripción pormenorizada tanto del escudo como de la Cruz de hermano (con sus medidas) dado que antes era expuesta de manera muy vaga. Queda así: “La descripción de nuestro Escudo es la siguiente: Cruz coronada por INRI, cargada y situada en palo, asentada por una barca (Símbolo de la Iglesia) vista de proa sobre agua y, a modo de vela, el anagrama de María. Sobreponiéndola, Santo Cáliz y sobre Él la Eucaristía con las letras de Jesucristo JHS y resplandor en ráfagas. En punta aparecen tres clavos atados por banda en la que se lee el lema: Mater Eclesiae, Johannes Evangelista. En el centro inferior de la bordura, Granada símbolo de la Hermana Orden Hospitalaria de San Juan de Dios. Circundando el escudo, orla de volutas doradas de claro estilo barroquizante.” Continúa con el escudo del antifaz: “El Escudo de la Primitiva Hermandad Sacramental, que se utilizará en el antifaz de nuestro hábito nazareno, estará formado por Ostensorio portando representación de la sagrada forma, enmarcándola dos ramas, a la diestra de azucena, a la siniestra de trigo, y al centro la ‘M’ de María”.
La descripción del escudo de La Sed contiene un valiosísimo mensaje de reafirmación del ser cristiano en el que sigue plenamente vigente el espíritu conciliar que alumbrara la fundación de nuestra hermandad:
Por las aguas procelosas de la Vida navega con rumbo fijo la Iglesia. Transporta sus Misterios y los Sacramentos que nos fueron revelados. La Cruz vacía de un Cristo que ha resucitado, y en cuyo Sacrificio encontramos la calma a nuestros pecados, es el emblema orgulloso de los cristianos que merece recorrer los mares portado en pie. María Santísima, Madre de la Iglesia, es la vela de la barca insuflada por la fuerza del Espíritu Santo. Ella es nuestra Guía y nuestro Consuelo y a Ella nos encomendamos como marineros en una larga travesía. El Cáliz y la Eucaristía son nuestro Alimento, el cual nunca perecerá, ni en eternas singladuras. Las ráfagas de la Sagrada Forma resplandecen con viveza y poder porque Él está vivo. INRI y tres clavos, el Arma Christi del triunfo sobre el Mal. Y una orla para un emblema de Hermandad, con la Granada de luz fulgente que marcaría el rumbo a Juan Ciudad, ese rumbo que no habremos de perder si vamos… sobre la barca de la Fe.

Las reglas de la Sed, un modelo
Consta en nuestro archivo alguna petición de nuestras reglas como modelo a seguir para hermandades que en aquellos años se embarcaban en modificaciones reglamentarias. Este hecho siempre ha sido referido por antiguos Hermanos a nuestras generaciones más como prueba del valor de nuestras Reglas que por simple orgullo.
En nuestra ciudad hay otra hermandad de la Semana Santa cuyas reglas fueron aprobadas apenas tres años después que las nuestras, es la Hermandad de La Resurrección. Es llamativo que habiendo sido erigida por el mismo Cardenal Bueno Monreal posea unas Reglas cuyo articulado también contiene referencias al Concilio Vaticano II y a textos bíblicos, como ocurría con las nuestras. Del mismo modo, su escudo es junto al nuestro el único que posee una cruz en palo y sobreponiéndola la Eucaristía con las letras de Jesucristo JHS y resplandor en ráfagas. Y, por último, resulta curioso que nuestro primer Director Artístico, el imaginero D. Antonio Dubé de Luque, fuese el autor de la Virgen de la Aurora en 1978. Dos hermandades postconciliares con mucho en común.
La Hermandad de La Sed tiene la dicha de poder contar medio siglo de historia con imágenes, testimonios, patrimonio y también con sus Reglas, las cuales son un legado incalculable de nuestros hermanos fundadores. Aquellos que con lealtad a sus creencias y pasión por el conocimiento de Dios y el ser humano vivieron una época de ilusión marcada por el Concilio Vaticano II. En la Parroquia de la Concepción de Nervión habrían de sembrar una semilla en forma de hermandad que cincuenta años después recogemos con sumo orgullo.
FUENTES CONSULTADAS
- Archivo Hermandad de la Sed
- Archivo Palacio Arzobispal
- Documentos del Concilio Vaticano II (Santa Sede)
- Boletines “Hermanos” de la Hdad. de la Sed.